
I. Contexto de la Consulta pública «No hagas muchas pragmáticas, y si las hicieres, procura que sean buenas, y sobre todo que se guarden y cumplan, que las pragmáticas que no se guardan lo mismo es que si no lo fuesen, antes dan a entender que el príncipe que tuvo discreción y autoridad para hacerlas no tuvo valor para hacer que se guardasen; y las leyes que atemorizan y no se ejecutan, vienen a ser como la viga, rey de las ranas, que al principio las espantó, y con el tiempo la menospreciaron y se subieron sobre ella». Carta de Don Quijote a Sancho Panza, Gobernador de la ínsula Barataria. La Consulta pública se presenta en un contexto en el que la aplicación de la imperfecta Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno no funciona como debería. Abundan los retrasos injustificados y maliciosos en la tramitación de las solicitudes de acceso; las denegaciones expresas o por silencio administrativo injustificadas; la tardía resolución de las reclamaciones presentadas ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Y, finalmente, los incumplimientos gubernamentales groseros de las resoluciones del Consejo, que remite al ciudadano a la […]