Reconocimiento del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en el artículo 43 de la Constitución
Concretamente, se pretende incorporar un nuevo apartado cuarto al artículo 43 con la siguiente redacción: "Se reconoce el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos, asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como la protección de los derechos fundamentales de las mujeres".
